Respuesta rápida
En Chile solo se pueden importar vehículos sin uso (Ley 18.483, art. 21): del año del modelo o del siguiente, con el kilometraje mínimo del traslado. Un auto usado entra solo por una excepción: chilenos que regresan tras 18 meses o más fuera (Partida 00.33), residentes de zona franca que se trasladan, personas con discapacidad, vehículos especiales o históricos de 50 años o más. Un auto nuevo paga 6 % de arancel (0 % con TLC), 19 % de IVA e impuesto verde, y necesita homologación antes de inscribirse.
La regla: en Chile solo se importan vehículos sin uso
Chile solo admite la importación de vehículos sin uso (Ley 18.483, Estatuto Automotriz, art. 21). Un vehículo usado entra únicamente por una excepción legal expresa, y de esa excepción depende cuál de los cinco caminos de esta guía aplica a tu caso. Aduanas reiteró la vigencia de la prohibición en su Oficio Circular N° 70, confirmada por la Corte Suprema.
¿Qué es “sin uso”? Un modelo del mismo año o del siguiente a la fecha de aceptación de la Declaración de Ingreso, o del año inmediatamente anterior si la declaración se acepta hasta el 30 de abril del año siguiente al del modelo. En ambos casos, con el kilometraje estrictamente necesario para el traslado desde el vendedor hasta el puerto chileno.
| Excepción a la prohibición | Base legal | Cómo se aplica |
|---|---|---|
| Vehículos de uso especial distintos del transporte (ambulancias, carros bomba, grúas, blindados, casas rodantes, fuera de carretera) | Ley 18.483, art. 21 inc. 2 | Régimen general con visto bueno del SAG |
| Vehículos importables bajo regímenes especiales de la Sección 0 del Arancel | Art. 21 inc. 2 | Partida 00.33: chilenos que retornan |
| Vehículos con exención total o parcial de derechos | Art. 21 inc. 2 | Zona franca hacia zona franca de extensión; residentes de zona franca que se trasladan (Ley 13.039, art. 35); personas con discapacidad (Ley 17.238, art. 6) |
| Trolebuses eléctricos usados de más de 18 asientos | Art. 21 inc. 3 (Ley 20.811) | Régimen general |
| Vehículos antiguos o históricos de 50 años o más | Art. 21 inc. 4 (Ley 20.811) | Régimen general, previa calificación |
Todo vehículo usado que se importe (automóviles, buses, camiones, remolques, motorhomes y casas rodantes) requiere además el visto bueno del SAG (Res. 1.101/2012). Los vehículos nuevos no tienen visto bueno previo en Aduanas: su control técnico ocurre después, en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) y el Registro Civil.
Impuestos al importar un vehículo
Los tributos se cruzan en los cinco escenarios. La base es el valor CIF: precio, flete y seguro hasta Chile.
| Tributo | Tasa y base | Norma |
|---|---|---|
| Derecho ad valorem | 6 % sobre el valor CIF; 0 % con TLC y certificado de origen | Ley 18.525 y acuerdos comerciales |
| IVA | 19 % sobre CIF más derechos | DL 825, arts. 1 y 8 |
| Recargo por mercancía usada | 50 % sobre los derechos; la Partida 00.33 lo exime | Regla General Complementaria N° 3 del Arancel |
| Impuesto adicional a casas rodantes autopropulsadas | 15 % sobre CIF más derechos | DL 825, art. 37 |
| Impuesto verde (vehículos nuevos livianos y medianos) | Fórmula en UTM según rendimiento, emisiones de NOx y precio; se paga antes de inscribir | Ley 20.780, art. 3 |
| Impuesto único zona franca → zona franca de extensión | 0,55 % (alícuota informada por Aduanas; verifica su vigencia) | Ley 18.211, art. 11 |
| Tasa de admisión temporal | De 2,5 % a 100 % de los gravámenes según el plazo; los vehículos de turistas están exentos | Ordenanza de Aduanas, art. 107 |
La Declaración de Ingreso de un vehículo nuevo o de la Partida 00.33 exige agente de aduanas con mandato. No se requiere agente en el paso de zona franca a zona franca de extensión, en la franquicia del art. 35 de la Ley 13.039 ni en la admisión temporal de vehículos de turistas.
Para calcular el arancel y el IVA en pesos con el dólar aduanero del mes, puedes usar nuestra calculadora de aranceles.
Importar un auto nuevo: homologación, impuesto verde e inscripción
Cualquier persona natural o jurídica con RUT puede importar un vehículo nuevo bajo régimen general. Aduanas lo nacionaliza con una DIN tramitada por agente de aduanas, pero el vehículo solo puede circular cuando el 3CV emite el Certificado de Homologación Individual (CHI-e), se paga el impuesto verde y el Registro Civil lo inscribe. La decisión crítica ocurre antes de comprar: confirmar que el modelo es homologable en Chile.
Requisitos antes del embarque
- Condición “sin uso”: año-modelo igual o siguiente al de la DIN (o el anterior si la DIN se acepta hasta el 30 de abril), con kilometraje mínimo de traslado.
- Homologabilidad: el modelo debe estar homologado por el representante de la marca o ser homologable individualmente. El CHI-e individual (ChileAtiende 3961) admite hasta 3 vehículos al año por persona para uso en las regiones Metropolitana, de Valparaíso y de O’Higgins; para otras regiones se exige revisión especial de gases y autorización de la SEREMITT.
- Norma de emisión vigente, acreditable con certificado del fabricante o del representante de marca, manual del propietario o etiqueta EPA (EE.UU.).
- Elementos de seguridad obligatorios y etiquetado de consumo energético según la normativa del MTT.
- Certificado de origen del tratado aplicable si quieres arancel 0 % (EE.UU., Unión Europea, China, Japón, Corea, México, Mercosur, entre otros).
Documentos de la Declaración de Ingreso
| Documento | Para qué sirve | Ojo con |
|---|---|---|
| Conocimiento de embarque, guía aérea o CRT | Acredita el transporte y la consignación | El consignatario debe ser el importador |
| Factura comercial | Valor de transacción | Debe indicar VIN, año-modelo y cilindrada |
| Título de propiedad o certificado de origen del fabricante (MCO/MSO en EE.UU.) | Prueba de dominio y de vehículo nuevo | También lo pide el Registro Civil |
| Certificado de origen del TLC | Arancel preferencial | Sin él, se paga 6 % |
| Póliza o certificado de seguro y nota de gastos | Completa el valor CIF | Sin seguro, Aduanas aplica un 2 % teórico |
| Mandato al agente de aduanas | Habilita el despacho | Instrumento privado o electrónico |
| Lista de empaque | Revisión física | Opcional, pero recomendable |
Homologación y trámites para tener patente
Homologación en el 3CV
Con la DIN legalizada, presentas al 3CV el formulario de homologación individual, copia de la DIN y la acreditación de la norma de emisión, del consumo energético y de los elementos de seguridad. El vehículo se entrega como muestra física y el 3CV verifica sus características. Si el modelo ya fue homologado por el representante de marca en Chile, puedes pedirle el CHI-e bajo ese certificado y evitar el ensayo físico.
Impuesto verde
Se paga en la Tesorería con Clave Tributaria o ClaveÚnica (ChileAtiende 39080). Están exentos los vehículos eléctricos, taxis, camionetas de hasta 2.000 kg que ingresan al activo fijo, camiones y furgones de 2.000 kg o más, ambulancias, blindados y casas rodantes.
Primera inscripción en el Registro Civil
Con el ejemplar de la DIN “uso exclusivo RVM”, la factura o título original, el CHI-e, el comprobante del impuesto verde y tu cédula o RUT (ChileAtiende 3388). Las placas se entregan en el acto y el padrón llega a tu domicilio.
SOAP y permiso de circulación
Contratas el seguro obligatorio y sacas el permiso de circulación en la municipalidad presentando el CHI-e vigente en lugar de la revisión técnica. El CHI-e dura entre 24 y 36 meses; al vencer, toca la revisión técnica.
Plazo total de referencia: de 4 a 8 semanas desde la llegada, y la homologación individual es la etapa más variable. El mayor riesgo es un modelo no homologable: el vehículo queda nacionalizado, pero sin posibilidad de inscribirse ni circular.
Auto usado para chilenos que retornan (Partida 00.33)
Un chileno mayor de edad que regresa definitivamente tras 18 meses o más de residencia continua en el extranjero puede importar un vehículo, nuevo o usado, pagando los tributos generales pero sin el recargo por uso y a pesar de la prohibición de la Ley 18.483. La franquicia es personal, exige agente de aduanas y deja el vehículo con prohibición de venderlo por 3 años (5 si es un camión usado). Fuente oficial: Aduanas, importación de un vehículo por chilenos que retornan.
Requisitos de la persona
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Nacionalidad y edad | Chileno mayor de 18 años |
| Residencia en el extranjero | 18 meses o más, contados hacia atrás desde el regreso definitivo |
| Interrupciones | Hasta 60 días en total dentro de los 18 meses; más de 60 días requiere resolución previa de Aduanas (solicitud) |
| Regreso | Definitivo; durante el plazo de restricción debes residir en Chile |
| Frecuencia | Un vehículo por persona; una nueva franquicia solo 3 años después de la última importación y cumpliendo otra vez la residencia (5 años si fue un camión) |
| Otras franquicias | No puedes usar otras partidas de la Sección 0, salvo la 00.09 para tu menaje de casa |
Requisitos del vehículo
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Tipos admitidos | Automóviles de turismo, station wagon y van; todoterreno 4x4; casas rodantes; furgones, camionetas y camiones comunes |
| Excluidos | Tractocamiones, camiones articulados y motocicletas usadas |
| Compra | En tu país de residencia, al menos 6 meses antes del regreso; o en una zona franca chilena dentro de los 120 días anteriores o posteriores al regreso |
| Llegada al país | Junto contigo o dentro de 120 días antes o después del regreso, consignado a tu nombre; Aduanas puede prorrogar una sola vez, si lo pides antes del vencimiento |
| Condición técnica | Catalizador de tres vías (sin él solo circula en áreas rurales); el MTT recomienda modelos posteriores a 1992 para livianos y medianos en la zona central |
| Visto bueno | SAG para vehículo usado |
Documentos
- Solicitud de Beneficio de la Partida 00.33, firmada presencialmente ante la aduana de ingreso (o poder notarial si actúa un apoderado).
- Declaración jurada notarial de regreso definitivo y de primer uso de la franquicia (o fecha de la anterior).
- Certificado de Viajes de la PDI con menos de 30 días de emisión.
- Resolución de calificación de la interrupción de permanencia, si hubo salidas de más de 60 días.
- Conocimiento de embarque, guía aérea o CRT a tu nombre.
- Factura, título de dominio o registro de propiedad del país de residencia, con fecha de compra 6 meses anterior al regreso.
- Mandato para el agente de aduanas.
- Si el vehículo llegó antes que tú: copia de la declaración de admisión temporal o almacén particular. Si llegas manejando, Aduanas puede darte una admisión temporal de hasta 90 días para tramitar la franquicia.
- Si lo compraste en zona franca: factura del usuario y Solicitud de Registro de Factura. El traslado al resto del país se hace con la DIN de la franquicia, nunca con pasavante.
Cómo se valoriza un auto usado
La base es el precio realmente pagado (factura o contrato), que Aduanas puede revisar. Sin factura o con dudas, Aduanas usa precios corrientes de mercado de vehículos usados (catálogos, revistas o bases en internet) y, en subsidio, precios ya aceptados o el precio del modelo nuevo con una rebaja de 10 % por año completo de antigüedad, con tope de 70 %. Al valor se suman el flete y el seguro reales. Conviene pedir antes la valoración referencial en aduana.cl con marca, modelo, año, VIN, cilindrada y equipamiento.
Cuánto se paga: ejemplo oficial de Aduanas
| Concepto | Tasa | Monto US$ |
|---|---|---|
| Valor aduanero (FOB 25.000 + flete 2.325 + seguro 500) | 27.825,00 | |
| Derecho ad valorem | 6 % | 1.669,50 |
| IVA | 19 % sobre CIF más derechos | 5.603,96 |
| Recargo por uso | Exento por la Partida 00.33 | 0 |
| Total de tributos | 7.273,46 |
La ventaja de la franquicia es poder importar un usado y quedar exento del recargo de 50 % sobre los derechos. Si el vehículo es originario de un país con TLC, confirma con la aduana de ingreso si la preferencia aplica bajo la Partida 00.33 antes de presentar la DIN. A los tributos se suman el almacenaje, la movilización y los honorarios del agente.
Paso a paso
Antes de volver
Verifica los 18 meses con el Certificado de Viajes y la fecha de compra del vehículo (6 meses), y define si llegará antes, junto contigo o después (ventana de 120 días).
Al arribo
El vehículo entra a un recinto de depósito aduanero (plazo general de 90 días) y se obtiene el visto bueno del SAG.
Solicitud 00.33
Presentas la solicitud y los antecedentes ante la aduana de ingreso, que resuelve la concesión.
Declaración de Ingreso
El agente de aduanas confecciona la DIN acogida a la Partida 00.33 con el VIN y el número de motor, se pagan los derechos y el IVA y se retira el vehículo.
Patente
Homologación o certificado de emisiones según corresponda, inscripción en el Registro Civil con la anotación de restricción de 3 o 5 años, SOAP y permiso de circulación.
Desafectación
Cumplido el plazo, pides en la aduana más cercana el Certificado de Desafectación (sin agente) y levantas la restricción en el Registro Civil.
Durante la restricción solo tú puedes manejarlo. Venderlo, arrendarlo, prestarlo o entregar su tenencia es uso indebido de franquicia, y Aduanas ha obtenido condenas penales por eso. Si vuelves a vivir en el extranjero, el vehículo recupera su calidad de mercancía extranjera y debe reexportarse, ingresar a zona franca o entregarse a Aduanas.
Vehículos en zona franca (ZOFRI y Punta Arenas)
Un vehículo extranjero, nuevo o usado, entra a la Zona Franca de Iquique (ZOFRI) o de Punta Arenas consignado a un usuario de la zona franca, sin pagar derechos ni IVA, porque dentro del recinto sigue siendo mercancía extranjera. La prohibición de importar usados no opera dentro del recinto, pero sí al salir de él: por eso el destino final del vehículo debe definirse antes de embarcarlo.
- Quién lo ingresa: un usuario con contrato vigente con la sociedad administradora (ZOFRI S.A. o Parenazon). Un particular solo puede hacerlo a través de un usuario que reciba el vehículo en consignación o lo compre.
- Cómo: con el BL consignado al usuario y destino final zona franca. Si llega por otro puerto (Arica, San Antonio), viaja en tránsito hasta la zona franca. El usuario presenta la Solicitud de Traslado a Zona Franca (documento “Z”) con el BL y la factura. No se exige agente de aduanas.
- Control sanitario: el SAG revisa los vehículos usados (limpieza y desinfección), al ingreso o al momento de la venta.
| Qué se puede hacer con el vehículo | Documento | Impuestos | Restricción |
|---|---|---|---|
| Venderlo a un residente de la zona franca de extensión (Arica y Parinacota, Tarapacá, Magallanes, Aysén y provincia de Palena) | Solicitud de Registro de Factura | Exento de arancel e IVA; paga el impuesto único de 0,55 % | Queda nacionalizado solo para la zona, con patente roja o sello; sale al resto del país solo con pasavante |
| Importarlo al resto del país | DIN de régimen general | 6 % + IVA 19 % sobre CIF + impuesto verde | Solo vehículos sin uso, salvo las excepciones de la sección siguiente |
| Reexpedirlo al extranjero (Perú, Bolivia u otro) | Solicitud de reexpedición | Sin impuestos | Libre |
| Venderlo a otro usuario dentro de la zona | Factura de zona franca | Sin impuestos | Libre |
Un vehículo usado que entra a zona franca tiene solo dos salidas legales: la zona franca de extensión o la reexpedición. Nunca el resto del país, salvo que el comprador tenga una franquicia personal. Aduanas ha decomisado vehículos sacados de la zona sin pasavante o vendidos fuera de ella.
Sacar un auto de zona franca al resto del país
Un vehículo que está en zona franca o en su zona de extensión se nacionaliza al resto del país solo en dos situaciones: es sin uso y se importa con DIN de régimen general, o es usado y su comprador tiene una franquicia personal. Fuera de esos casos, el usado nunca cruza al resto del país de forma definitiva; solo temporalmente, con pasavante.
| Caso | Quién | Documento | Impuestos | Restricción |
|---|---|---|---|---|
| A. Vehículo sin uso | Cualquier persona | DIN de régimen general con agente de aduanas | 6 % + IVA 19 % sobre CIF; impuesto verde antes de inscribir | Ninguna |
| B. Residente de zona franca de extensión que se traslada definitivamente | Persona con domicilio único en la zona por 5 años continuos (2 años para empleados fiscales, FF.AA., Carabineros y PDI) | Solicitud simple + DIN de franquicia, sin agente | Impuestos vigentes, descontando lo pagado al ingresar a la zona, con rebajas por antigüedad y permanencia | 2 años sin vender, arrendar ni ceder |
| C. Chileno que retorna del extranjero | Beneficiario de la Partida 00.33 que compra en zona franca dentro de 120 días del regreso | DIN Partida 00.33 con agente | 6 % + IVA, sin recargo por uso | 3 años (5 si es camión) |
| D. Persona con discapacidad | Beneficiario de la Ley 17.238 con certificado COMPIN y resolución de Hacienda | DIN con agente | Liberación según resolución, con tope FOB | Según la Ley 17.238 |
| E. Uso especial o histórico | Cualquier persona | DIN de régimen general | Régimen general | Ninguna |
| F. Salida temporal (no es nacionalización) | Propietario domiciliado en la zona de extensión | Pasavante | Ninguno | 90 días por año calendario |
Franquicia del art. 35 de la Ley 13.039 (caso B)
Aplica a residentes de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén, Magallanes y la provincia de Palena que se trasladan definitivamente a otra ciudad del país (ChileAtiende 103):
- Residencia: 5 años continuos con domicilio único en la zona (2 años para empleados fiscales y de empresas del Estado, FF.AA., Carabineros y PDI).
- Plazo: la solicitud se presenta dentro de 4 meses desde el cambio de domicilio.
- Vehículo: usado, de tu propiedad, comprado al menos 2 meses antes del traslado y presente físicamente en la zona.
- Valor máximo: FOB US$ 21.413,09 más hasta 15 % en accesorios; vehículos de carga, US$ 17.712,43. Los montos se reajustan cada año por decreto de Hacienda.
- Rentas: las aduanas regionales exigen rentas de los últimos 5 años equivalentes al 100 % del valor del vehículo y el menaje (verifica la vigencia de este requisito con la aduana).
- Rebajas: por antigüedad del modelo (0 %, 25 % o 50 %) y 10 % por año de permanencia en la zona, con topes de 50 %, 75 % y 90 %; FF.AA. y policías, 20 % por año con tope de 40 %.
- Restricción: 2 años sin vender, arrendar ni ceder, salvo pago previo del saldo de impuestos.
Documentos: certificado de residencia de la Delegación Presidencial Provincial, certificado de rentas del SII, declaración jurada notarial con grupo familiar y nuevo domicilio, Solicitud de Registro de Factura o compraventa notarial, certificado de anotaciones vigentes del vehículo (menos de 15 días), cédula de identidad, finiquito o resolución de traslado si corresponde, y devolución de todo pasavante vigente. Se presenta en la aduana de la zona (Arica, Iquique, Puerto Montt, Coyhaique o Punta Arenas); Aduanas revisa el vehículo, fija el valor y dicta la resolución de liberación. Cumplidos los 2 años, pides el Certificado de Desafectación y levantas la restricción en el Registro Civil.
Pasavante: salir temporalmente de la zona franca
- Lo obtiene el propietario inscrito con domicilio en la zona de extensión, con patente roja o sello de zona franca y sin retornos pendientes. Se pide con ClaveÚnica en los trámites en línea de Aduanas o en oficina (Aduanas, pasavante).
- Permite 90 días por año calendario fuera de la zona, continuos o discontinuos, ampliables por otros 90 solo en casos calificados.
- Es personal e intransferible: conduce el propietario, su cónyuge o conviviente civil, o un conductor autorizado ante notario si el dueño es una empresa.
- No volver a tiempo, vender o usar comercialmente el vehículo fuera de la zona se sanciona como infracción o contrabando.
Un no residente que compra un usado en zona franca no puede sacarlo de la región a ningún título: solo puede reexpedirlo al extranjero o revenderlo dentro de la zona de extensión.
Ingreso temporal de vehículos de turistas (TITV)
Un turista con residencia habitual en el extranjero ingresa su vehículo particular sin pagar impuestos ni tasa de admisión temporal, con un Título de Importación Temporal de Vehículos (TITV) que dura lo que dure su permiso migratorio, con un tope práctico de 90 días, prorrogable por causa justificada. El trámite es gratuito, se hace en el paso fronterizo o de forma anticipada en línea, y no requiere agente de aduanas (Aduanas, ingreso temporal de vehículos).
| Procedencia | Documento | Plazo |
|---|---|---|
| Argentina | Formulario “Salida y Admisión Temporal de Vehículos, Acuerdo Chileno-Argentino” (ChileAtiende 106) | 90 días corridos, o el menor que fijen la aduana argentina o la autoridad migratoria |
| Bolivia | Formulario Único de Ingreso y Salida de Vehículos, tramitable en línea | 90 días |
| Perú (Tacna-Arica) | Relación de Pasajeros | 7 días, dentro del área Tacna-Arica; más tiempo o distancia exige TITV |
| Resto del mundo (incluye vehículos de chilenos residentes en el exterior) | TITV | El plazo de permanencia que autorice la autoridad migratoria |
Requisitos
- Pasaporte o documento de identidad con la autorización de ingreso de la PDI. El régimen es para quien acredita residencia habitual en el extranjero, no para residentes en Chile.
- Chilenos residentes en el exterior: carnet de residencia definitiva del país extranjero o, en su defecto, contrato de trabajo vigente con domicilio visado por el cónsul chileno.
- Padrón o documento que acredite la propiedad del vehículo.
- Si el propietario no viaja: autorización notarial para usar el vehículo. El plazo será el menor entre la permanencia migratoria y el término de la autorización.
- Seguro de accidentes personales o seguro obligatorio vigente para circular en Chile.
- Control del SAG en la frontera.
Cómo se tramita
Anticipado
Completa el formulario TITV en el sistema de tramitación anticipada de aduana.cl, adjunta los documentos y descarga el comprobante. Llévalo impreso o en el teléfono, porque en la frontera puede no haber conexión.
En el paso fronterizo
Presentas el comprobante (o completas el TITV en papel), pasas los controles de la PDI, el SAG y Aduanas, y Aduanas registra el vehículo e informa la vigencia por correo.
Durante la estadía
Porta el TITV. El vehículo no puede venderse, arrendarse ni cederse, y solo lo maneja el titular o el autorizado.
A la salida
Presenta el TITV en la aduana de salida para cerrar el régimen; puedes salir por un paso distinto al de entrada.
Cómo ampliar el plazo
La prórroga se pide antes del vencimiento, en línea o en la aduana más cercana (Aduanas, prórroga TITV), acreditando la causa: falla mecánica (fotos y certificado del mecánico), robo (constancia policial), enfermedad (certificado médico) o cometido diplomático. Como la vigencia del TITV sigue al permiso migratorio, normalmente primero hay que prorrogar la permanencia ante el Servicio Nacional de Migraciones. Si el paso Los Libertadores se cierra, la Aduana de Los Andes puede prorrogar de oficio los plazos.
Un TITV vencido no se arregla nacionalizando el auto. Salir o reingresar fuera de plazo es una infracción, y vender, ceder o dejar el vehículo en Chile es contrabando. Como es usado, no puede importarse al vencer el plazo: sus salidas son reexportarlo, ingresarlo a zona franca o entregarlo a Aduanas, salvo que su dueño califique para la Partida 00.33.
Cuadro comparativo: qué camino aplica a tu caso
La pregunta que ordena todos los casos es una sola: ¿el vehículo es sin uso, o tienes una franquicia personal que admita un usado?
| Escenario | ¿Usado? | Documento | Agente | Impuestos | Restricción | Plazo crítico |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Auto nuevo | No | DIN régimen general | Obligatorio | 6 % (0 % con TLC) + IVA 19 % + impuesto verde | Ninguna | Año-modelo; 90 días de depósito |
| Chileno que retorna (00.33) | Sí | DIN Partida 00.33 | Obligatorio | 6 % + IVA 19 %, sin recargo | 3 años (5 camiones) | 18 meses fuera; compra 6 meses antes; llegada ±120 días |
| Ingreso a zona franca | Sí, dentro del recinto | Solicitud de Traslado “Z” | No exigible | Ninguno | Sale solo con SRF, DIN o reexpedición | 90 días de almacenamiento |
| Zona franca al resto del país | Solo con franquicia | DIN general, DIN de franquicia o solicitud simple | Sí, salvo art. 35 | Régimen general o liberación con rebajas | 2 años (art. 35) o 3 años (00.33) | 4 meses desde el traslado (art. 35) |
| Turista con auto extranjero | Sí, temporalmente | TITV o formulario chileno-argentino | No | Ninguno | No vender ni ceder | Permiso migratorio, hasta 90 días, prorrogable |
Errores que bloquean la importación
- Año-modelo que no califica como sin uso en la fecha probable de la DIN (regla del 30 de abril): convierte la operación en una importación prohibida.
- Modelo no homologable: confírmalo con el 3CV o el representante de marca antes de embarcar; recuerda el límite de 3 vehículos por persona al año y las regiones habilitadas para el CHI-e individual.
- Partida 00.33 sin pruebas: Certificado de Viajes con 18 meses continuos, compra 6 meses antes, consignación a tu nombre y ventana de 120 días. Cualquier interrupción de más de 60 días se califica antes de embarcar.
- Sin visto bueno del SAG para un usado: sin él la DIN no se legaliza.
- Valor sin respaldo: si no hay factura sólida, pide antes una valoración a Aduanas para evitar cargos por diferencia de valor.
- Zona franca: cualquier venta o salida fuera de la zona de extensión sin pasavante o franquicia es contrabando.
- TITV vencido: la prórroga se pide antes del vencimiento y va atada al permiso migratorio.
- Impuesto verde sin pagar: el Registro Civil rechaza la primera inscripción sin el comprobante de la Tesorería.
Checklist de documentos por escenario
| Documento | Nuevo | Partida 00.33 | Ingreso a ZF | ZF a resto del país (art. 35) | Turista |
|---|---|---|---|---|---|
| Cédula o pasaporte y RUT | Sí | Sí | Usuario ZF | Sí | Sí |
| BL, guía aérea o CRT | Sí | Sí | Sí | No | No |
| Factura o título de propiedad | Sí | Sí | Sí | SRF o compraventa | Padrón extranjero |
| Certificado de origen TLC | Si aplica | Consultar | Si se nacionalizará | No | No |
| Seguro y nota de gastos | Sí | Sí | No | No | Seguro de circulación |
| Mandato al agente de aduanas | Sí | Sí | No | No | No |
| Certificado de Viajes PDI (menos de 30 días) | No | Sí | No | No | No |
| Declaración jurada notarial | No | Regreso definitivo | No | Domicilio, familia, sin bonificación | Autorización si no es el dueño |
| Certificado de residencia y rentas SII | No | No | No | Sí | No |
| Certificado de anotaciones vigentes del vehículo | No | No | No | Sí (menos de 15 días) | No |
| Visto bueno SAG (usado) | No | Sí | Al salir de ZF | Sí | No |
| Norma de emisión y seguridad (3CV) | Sí | Sí | Si se nacionalizará | Sí | No |
| Comprobante de impuesto verde | Sí | Si es nuevo | No | Si es nuevo | No |
| Autorización migratoria vigente | No | No | No | No | Sí |
Los montos en dólares de la Ley 13.039 y la alícuota de la Ley 18.211 se reajustan por decreto o resolución: verifica el valor vigente al momento de cada operación.
¿Tienes dudas sobre tu caso? Hoy no tramitamos importaciones de vehículos, pero en una asesoría por videollamada un agente de aduanas revisa tu situación y te dice qué camino aplica y qué documentos necesitas.
Preguntas frecuentes
¿Se puede importar un auto usado a Chile?
Por regla general no: la Ley 18.483 solo permite importar vehículos sin uso. Hay excepciones: chilenos que regresan tras 18 meses o más fuera (Partida 00.33), residentes de zona franca que se trasladan, personas con discapacidad (Ley 17.238), vehículos de uso especial y vehículos históricos de 50 años o más.
¿Cuánto cuesta importar un auto a Chile?
Los tributos son 6 % de arancel sobre el valor CIF (0 % con TLC y certificado de origen) y 19 % de IVA sobre el CIF más el arancel; los autos nuevos livianos y medianos pagan además impuesto verde. En el ejemplo oficial de Aduanas, un auto de US$ 25.000 FOB por la Partida 00.33 paga US$ 7.273 en tributos. A eso se suman flete, seguro, almacenaje, homologación, inscripción y honorarios. Puedes estimar el arancel y el IVA con la calculadora de aranceles.
¿Qué es la Partida 00.33?
Es la franquicia del Arancel Aduanero que permite a un chileno mayor de edad que regresa definitivamente, tras 18 meses o más en el extranjero, importar un vehículo nuevo o usado sin el recargo por uso. Exige agente de aduanas y deja el vehículo con prohibición de venderlo por 3 años (5 si es un camión usado).
Vuelvo a Chile después de vivir afuera, ¿puedo traer mi auto?
Sí, si cumples 18 meses o más de residencia continua fuera (con interrupciones de hasta 60 días), compraste el vehículo al menos 6 meses antes del regreso y llega dentro de los 120 días antes o después de tu ingreso, a tu nombre. Pagas 6 % más IVA, sin recargo por uso.
¿Puedo comprar un auto usado en la ZOFRI y llevarlo a Santiago?
No, salvo que tengas una franquicia personal (por ejemplo, la Partida 00.33 o el traslado de residentes de zona franca). Un usado comprado en zona franca solo puede quedarse en la zona de extensión, salir temporalmente con pasavante o reexpedirse al extranjero.
¿Qué es el pasavante?
Es el documento gratuito de Aduanas que permite al propietario domiciliado en una zona franca de extensión salir con su vehículo al resto del país hasta 90 días por año calendario. Es personal y no permite vender ni usar comercialmente el vehículo fuera de la zona.
¿Cuánto tiempo puede estar en Chile un auto con patente extranjera?
El que dure el permiso migratorio de su dueño, con un tope práctico de 90 días, amparado en un Título de Importación Temporal de Vehículos (TITV) o, desde Argentina, en el formulario chileno-argentino. Se puede prorrogar por causa justificada, siempre antes del vencimiento.
¿Puedo importar una moto usada?
No. Las motocicletas usadas están prohibidas por la Ley 18.483 y no están incluidas en la Partida 00.33.
¿Puedo importar un auto clásico o antiguo?
Sí, si tiene 50 años o más y se califica previamente como vehículo antiguo o histórico (Ley 20.811). Se importa por el régimen general.
¿Agencia Durán tramita importaciones de vehículos?
Por ahora no tramitamos importaciones de vehículos. Si tienes dudas sobre tu caso, puedes agendar una asesoría por videollamada con un agente de aduanas.
Fuentes
- Servicio Nacional de Aduanas — Importación de vehículos
- Servicio Nacional de Aduanas — Importación de un vehículo por chilenos que retornan definitivamente al país (Partida 00.33)
- Servicio Nacional de Aduanas — Importación de vehículos automóviles por la Partida 0033 (guía)
- Servicio Nacional de Aduanas — Calificar de ininterrumpida la permanencia en el extranjero
- Ley 18.483, arts. 1 y 21
- Ley 20.811 (trolebuses y vehículos antiguos)
- DFL 341, art. 21 (zonas francas)
- Servicio Nacional de Aduanas — Artículo 35, Ley 13.039
- Servicio Nacional de Aduanas — Pasavante para vehículos de zona franca
- Servicio Nacional de Aduanas — Preguntas frecuentes Arica, Iquique y Punta Arenas
- Servicio Nacional de Aduanas — Ingreso temporal de vehículos (TITV)
- Servicio Nacional de Aduanas — Prórroga del permiso de ingreso temporal de vehículos
- Servicio Nacional de Aduanas — Viajes en auto
- ChileAtiende — Certificado de homologación individual electrónico (3CV)
- ChileAtiende — Impuesto verde por la compra de vehículos nuevos
- ChileAtiende — Primera inscripción de vehículos motorizados
- ChileAtiende — Certificado de desafectación de vehículos de residentes de zona franca
- ChileAtiende — Ingreso o salida temporal de un vehículo particular desde y hacia Argentina
- SII — Tasación fiscal y preguntas frecuentes sobre vehículos
- Compendio de Normas Aduaneras (Cap. II Subcap. II num. 8.1 y 8.2; Cap. III num. 4.1, 8.3, 8.5 y 17.10; Anexos 14, 18, 28 y 59) y Ordenanza de Aduanas, DFL 30/2004 (arts. 107, 154, 168, 176, 191 y 197)
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