Respuesta rápida
Un paquete que llega por correo postal lo recibe, presenta a Aduanas, cobra y reparte CorreosChile, no una agencia de aduanas. Hasta US$3.000 FOB se despacha sin agente: si hay impuestos, Correos emite el F-18 y se paga dentro de 15 días. El estado del envío se revisa en correos.cl y los reclamos por demora se hacen a CorreosChile. Solo sobre US$3.000 FOB, o si Correos lo exige, interviene un agente de aduanas con una Declaración de Ingreso.
Resumen
Un paquete que viene por correo postal (Serpost, USPS, Correos de España, China Post, etc.) entra a Chile como envío postal: lo recibe, presenta a Aduanas, cobra y reparte CorreosChile, no una agencia de aduanas. La ley lo dice expresamente: el despacho de encomiendas internacionales y piezas postales lo hacen los propios destinatarios a través del servicio postal, sin despachador (Art. 191 N°1 letra b) Ordenanza de Aduanas), y Correos asume la responsabilidad de recibir, almacenar, transportar y pagar los derechos según el aforo (Art. 90 OA).
En la práctica esto significa tres cosas:
- Una agencia de aduanas no tiene acceso al tracking ni al estado aduanero de un envío postal. Esa información vive en los sistemas de CorreosChile y en el Centro de Tratamiento Postal de Santiago.
- No existe gestión presencial que un agente pueda hacer en Aduanas para acelerar una encomienda. Aduanas misma declara que no tiene injerencia en los tiempos internos de Correos.
- Sí intervenimos cuando el envío supera US$3.000 FOB o cuando Aduanas lo saca del régimen postal simplificado y Correos le informa al destinatario que necesita un Agente de Aduana. En ese caso el despacho pasa a una Declaración de Ingreso normal con mandato al agente (ver cuando Correos exige agente).
Si tu paquete viene por correo: averigua quién lo tiene, revisa el estado en el sitio de CorreosChile, paga los impuestos si corresponde y, si hay problemas, reclama en el canal correcto. Esta guía explica cada paso.
Cómo funciona el flujo de un envío postal
El envío cambia de manos una sola vez en Chile: el operador postal de origen (por ejemplo, Serpost en Perú) lo entrega a la línea aérea y esta a CorreosChile, que desde ese momento es despachador y tramitador ante Aduanas y responsable del transporte, almacenamiento y distribución. Aduanas lo dice en sus propias palabras: Correos tiene “la responsabilidad exclusiva de presentar la mercancía y su documentación ante el Servicio Nacional de Aduanas”.
Correos custodia el envío de punta a punta; Aduanas solo revisa en la planta
Si Aduanas tiene una observación, hay tres salidas:
La decisión de Aduanas tiene tres salidas; en dos de ellas (impuestos y agente) el envío termina igual en manos de Correos para la entrega, y en la tercera vuelve a revisión cuando el destinatario entrega el documento que faltaba.
Origen
El remitente despacha en su correo nacional con la declaración aduanera postal CN22/CN23 (valor, contenido, remitente y destinatario). Ese formulario es la única “factura” que viaja con el paquete y es lo que Aduanas y Correos leen primero. Un código que termina en PE (por ejemplo, CP123456789PE) identifica a Perú como origen y la letra inicial el producto: C = encomienda (parcel), E = EMS, R = certificado, L = pequeño paquete sin seguimiento completo.
Arribo y planta
Todos los envíos postales internacionales entran por la Aduana Regional Metropolitana y se procesan en la planta de CorreosChile en Santiago (Centro de Tratamiento Postal Internacional). Ahí Correos los ingresa a su sistema y los presenta a Aduanas; el escáner y la revisión se hacen “siempre en compañía de un funcionario de Correos de Chile”, en las bodegas de la empresa.
Selectividad de Aduanas
Con el escáner y la CN22/CN23 a la vista, Aduanas resuelve una de tres cosas: (a) libera el envío, y desde ahí no tiene más injerencia en los plazos; (b) lo selecciona para aforo físico en presencia de Correos; o (c) le informa a Correos que falta un documento: boleta o factura para valorar, o un visto bueno (ISP, SAG, Sernapesca, etc.). Si el destinatario no entrega la factura, “se valorará según precios de mercado”; si no tramita el visto bueno, Aduanas “no podrá liberar estos envíos”.
Giro de impuestos (FIVPS)
Cuando el envío está afecto, Correos confecciona el Formulario de Importación Vía Postal y Pago Simultáneo (F-18, CNA Anexo 22) con los datos de origen, valor CIF, tributos y vistos buenos. El formulario tiene fecha de aceptación y fecha de vencimiento; pasado el plazo la operación queda sujeta a intereses y multas. El destinatario lo paga en línea, en bancos autorizados, en Tesorería o en la propia sucursal de Correos al retirar.
Distribución
Pagado el giro (o liberado sin impuestos), Correos lo despacha por su red doméstica a la sucursal o al domicilio de destino, por ejemplo Concepción. Desde la liberación aduanera el plazo es 100 % logística de Correos.
Retorno
Si el destinatario no paga ni retira dentro del plazo de custodia postal, el envío vuelve a origen conforme a las reglas de la Unión Postal Universal; Aduanas no interviene en esa devolución.
Marco legal: por qué el despacho postal no depende de una agencia
La razón es de texto expreso, no de práctica: el régimen postal es una excepción legal a la intervención del despachador, y el responsable del envío ante Aduanas es Correos.
| Norma | Qué dice | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|
| Ordenanza de Aduanas, Art. 191 N°1 letra b) | El despacho de “encomiendas internacionales u otras piezas postales” puede hacerlo el propio dueño, remitente o destinatario, sin agente de aduana. | No hay mandato ni despacho que ejecutar; el destinatario actúa por sí a través de Correos. |
| Ordenanza de Aduanas, Art. 90 | La importación por vía postal se rige por la Ordenanza en lo que no contraríe las Convenciones Internacionales de Correos; Correos recibe las valijas, las almacena y transporta, y responde por ellas y por el pago de derechos según el aforo. | Correos es el custodio y el obligado al pago; una agencia no tiene título para pedir la carga ni ver su estado. |
| Ordenanza de Aduanas, Art. 91 | Las piezas postales que puedan contener mercancías afectas se entregan por el servicio postal a la Aduana; mientras estén almacenadas por el correo, Aduanas puede revisarlas en cualquier momento. | La fiscalización ocurre dentro de la planta de Correos, sin presentación por terceros. |
| Ordenanza de Aduanas, Art. 191 N°3 | Los Agentes de Aduana pueden intervenir por cuenta ajena en toda clase de despachos, incluso los de los números precedentes. | La intervención es posible, pero solo si el destinatario confiere mandato y Correos pone el envío a disposición para una Declaración de Ingreso. |
| D.H. N°437/1981 (Reglamento de Internación y Exportación Vía Postal) y Res. Ex. N°2.005/2007 | Regulan el Formulario de Importación Vía Postal (FIVP / F-18): lo confecciona Correos con el aforo del fiscalizador, se paga dentro de 15 días corridos desde la notificación, y los envíos aéreos y marítimos se tramitan ante la Aduana Metropolitana o Valparaíso. | El giro lo emite y cobra Correos; una agencia no puede pagarlo ni modificarlo. |
| CNA Cap. VII (Res. 1.188/2019 y Res. Ex. 4.318/2025) | Fija las categorías de envíos de despacho especial: hasta US$3.000 FOB se despachan sin agente (DIPS o FIVP); sobre US$3.000 FOB son “envíos de alto valor” que “requieren de la intervención de un Agente de Aduana” bajo el Cap. III. | Define el único umbral en que el agente entra. |
| CNA Anexo 21 (tasa de verificación de aforo) | En importación vía postal la tasa de aforo por examen es 8 % sobre los derechos, con mínimo 1 % del valor aduanero. | Explica un cargo que aparece en el F-18 y que suele confundirse con un “cobro de la agencia”. |
| Convenio Postal Universal (UPU) | Correos actúa como operador designado; la declaración CN22/CN23 es el documento aduanero del envío y las reclamaciones por extravío las abre el remitente en origen. | El canal de reclamo por pérdida es postal (correo de origen → CorreosChile), no aduanero. |
Aduanas lo resume en su propio sitio: Correos “tiene la responsabilidad exclusiva de presentar la mercancía y su documentación ante el Servicio Nacional de Aduanas”, y el Servicio “no tiene injerencia en los tiempos y procesos internos de Correos Chile”. Si ni Aduanas interviene en los plazos de Correos, menos puede hacerlo un agente privado sin mandato ni carga a su disposición.
Tributos y umbrales vigentes (noviembre 2026)
Desde el 25 de octubre de 2025 todo envío postal paga IVA; lo que cambia con el valor es el arancel y quién cobra. La reforma de 2024 (Ley 21.713, complementada por la Ley 21.716) eliminó la franquicia de US$41 y subió a US$500 FOB el tope de la partida 00.23 del Arancel (envíos postales y de entrega rápida, ocasionales y sin carácter comercial, consignados a persona natural), que sigue exenta de derechos ad valorem. Más detalle en IVA digital en compras courier.
| Valor del envío (FOB) | Arancel | IVA 19 % | Quién lo cobra en un envío postal | Agente de aduana |
|---|---|---|---|---|
| Hasta US$500, comprado en plataforma inscrita en el SII (RESIVA) con IVA recargado al pagar | Exento | Pagado en la compra; no se cobra al ingresar | Nadie: Correos lo entrega sin giro | No |
| Hasta US$500, vendedor no inscrito, regalo o compra directa | Exento | Sobre el valor aduanero, al ingresar | Correos emite el F-18 (FIVP) y cobra en línea o en sucursal | No |
| US$500,01 a US$3.000 | 6 % sobre CIF (0 % con certificado de origen de un TLC, p. ej. ACE 38 con Perú) | 19 % sobre CIF + arancel | Correos emite el F-18 con el aforo del fiscalizador | No |
| Sobre US$3.000, o envío que Aduanas saque del régimen simplificado | Según partida | 19 % sobre CIF + arancel | Giro de la Declaración de Ingreso, pagado por el importador o su agente | Sí (CNA Cap. VII; Cap. III) |
Además del arancel y el IVA, el F-18 puede traer la tasa de verificación de aforo por examen (8 % sobre los derechos, mínimo 1 % del valor aduanero, cuando hubo aforo físico; CNA Anexo 21) e impuestos adicionales por producto (joyas y pieles finas 15 %; vinos y cervezas 20,5 %; licores 31,5 %; tabacos con tasas propias, DL 825 Arts. 37 y 42); las mercancías usadas pagan un recargo de 50 % sobre los derechos (Regla General Complementaria 3 del Arancel). El valor aduanero se calcula CIF: si el destinatario no acredita flete y seguro, Aduanas aplica valores teóricos; si no presenta boleta o factura, valora a precios de mercado.
Ejemplos numéricos (valores de referencia, dólar aduanero del mes de aceptación):
| Caso | Valor y costos | Cálculo | Total a pagar en Correos |
|---|---|---|---|
| Polera y accesorios comprados a un vendedor peruano no inscrito, enviados por Serpost | FOB US$120 + flete US$30 = CIF US$150 | Arancel 0 (≤ US$500); IVA 19 % × 150 = US$28,50 | US$28,50 (más US$1,50 de tasa de aforo si hubo revisión física) |
| Misma compra en una plataforma inscrita (Temu, AliExpress, Amazon) con IVA cobrado al pagar | FOB US$120 | Sin arancel ni IVA a la importación | US$0; Correos entrega directo |
| Tablet comprada a un particular en EE. UU. | FOB US$800 + flete US$60 + seguro US$8 = CIF US$868 | Arancel 6 % = US$52,08; IVA 19 % × (868 + 52,08) = US$174,82 | US$226,90 |
| Repuestos de maquinaria para una empresa | FOB US$4.200 | Fuera del régimen postal simplificado | Declaración de Ingreso con agente: arancel 6 % (o TLC), IVA 19 % y honorarios de agencia |
El F-18 vence a los 15 días corridos desde su notificación (Res. Ex. 2.005/2007; Art. 89 OA); después corren intereses y multas, y si el envío no se paga ni retira dentro del plazo de custodia de Correos, vuelve a origen.
Tiempos de demora
No existe plazo legal máximo para ninguna etapa del proceso postal; Aduanas lo reconoce expresamente (“sin existir plazo máximo para cada etapa”). Lo que sí hay son plazos para el destinatario (15 días para pagar el F-18) y rangos habituales que sirven para saber cuándo una demora deja de ser normal. Un envío de Perú a Concepción sin incidencias toma entre 3 y 5 semanas de punta a punta; más de 6 semanas, o más de 10 días hábiles sin cambio de estado en la planta, justifica un reclamo.
| Etapa | Quién la controla | Rango habitual | Qué la alarga |
|---|---|---|---|
| Tránsito internacional (depósito en el correo de origen hasta arribo a Santiago) | Operador de origen y línea aérea | 7 a 21 días; un caso real desde EE. UU. tomó 21 días en abril de 2026 (reclamos.cl) | Consolidación de sacas en origen, frecuencia de vuelos, envíos económicos sin seguimiento (Correos advierte hasta 60 días) |
| Recepción en planta y presentación a Aduanas | CorreosChile | 1 a 5 días hábiles | Volumen: la Aduana Metropolitana procesa más de 54 millones de paquetes al año; picos en Cyber, Black Friday y Navidad |
| Revisión y selectividad de Aduanas (escáner, aforo documental o físico) | Aduanas, dentro de la planta | 1 a 3 días hábiles si no hay observaciones | Aforo físico, duda de valor, mercancía con visto bueno (ISP, SAG, Sernapesca), declaración CN22/CN23 incompleta |
| Entrega de documentos por el destinatario | Destinatario | Lo que tarde en responder; el reloj se detiene hasta que entrega la boleta, factura o visto bueno | No ver el aviso en el tracking, correo en spam, tramitar un VB que puede tomar semanas |
| Giro y pago del F-18 | Correos emite; destinatario paga | Vence a los 15 días corridos desde la notificación | Pago en TGR no se refleja en línea en Correos: hay que presentar el comprobante en sucursal al día hábil siguiente |
| Distribución a regiones y entrega | CorreosChile | Hasta 10 días hábiles según la propia empresa | Dirección incompleta, destinatario ausente, envío a sucursal en vez de domicilio |
| Custodia y devolución a origen | CorreosChile según reglas UPU | Días de custodia que fija Correos en el aviso de llegada; luego vuelve al remitente | No retirar, no pagar el giro, causal “no hay quien reciba” |
| Abandono aduanero | Aduanas | 90 días desde la retención sin solicitar el desaduanamiento (Art. 140 N°2 OA); Correos envía la nómina a subasta (CNA Cap. VI num. 5.3) | Envíos sobre US$3.000 sin agente contratado, vistos buenos nunca obtenidos |
Dos señales prácticas: si el tracking del correo de origen muestra “entregado al transportista” pero correos.cl no registra recepción en Chile pasadas tres semanas, el problema está en el tramo internacional y el reclamo lo abre el remitente en origen; si correos.cl registra “en proceso de internación” por más de 10 días hábiles sin mensaje de documentos pendientes, el problema está en la planta de Correos y el reclamo lo abre el destinatario en CorreosChile. Una reclamante de Antofagasta describió exactamente ese cuadro en mayo de 2026: 30 días en el centro postal, sin aviso de documentos ni de impuestos, y un call center que “solo repitió el estado de la web” (reclamos.cl).
Casos prácticos
Cada caso sigue el mismo orden: qué ve el destinatario, qué está pasando en realidad y qué debe hacer. Los casos 2 y 3 son reclamos públicos de 2026; los demás son situaciones típicas.
Caso 1. Encomienda Serpost a Concepción “hace muchos días en Chile”
El destinatario ve en Serpost que el paquete (por ejemplo, CP123456789PE) salió de Perú y asume que está retenido por Aduanas. Lo probable: está en la planta de Correos en Santiago en “proceso de internación”, o ya liberado y en distribución a la Región del Biobío. Qué hacer: consultar el mismo código en correos.cl (el código UPU es el mismo en ambos operadores); si aparece un mensaje de documentos o impuestos, subir boleta o pagar el F-18; si lleva más de 10 días hábiles sin cambio, reclamo formal en CorreosChile con el código. Nadie puede hacer una gestión presencial en Aduanas; un tercero sí puede retirar en la sucursal de Concepción con poder simple firmado por el destinatario, copia de su cédula y la propia (algunas sucursales exigen poder notarial: confirmar antes de ir).
Caso 2. Treinta días en el centro postal sin aviso (Antofagasta, mayo 2026)
La reclamante ve “internación” sin movimiento por un mes y el call center repite lo mismo que la web. No hay aviso de documentos ni de impuestos, así que no es un problema de Aduanas sino de presentación o de cola en la planta. Qué hizo bien: reclamo formal pidiendo que Correos presente el envío a Aduanas y, si ya hay levante, despacho prioritario a región. Qué faltaba: pedir por escrito si existe un giro o documento pendiente y escalar a SERNAC si Correos no responde (reclamos.cl).
Caso 3. Devuelto a origen por “no hay quien reciba” (Valdivia, agosto 2026)
Paquete desde EE. UU. despachado el 4 de abril, en Santiago el 25 de abril, mes y medio sin trazabilidad, reaparece en Valdivia y en julio vuelve al remitente. El destinatario tramitó un poder notarial para que un familiar retirara, pero tarde. Lección: desde que el tracking muestra “en sucursal” o “en reparto” corre el plazo de custodia; hay que retirar o autorizar a alguien de inmediato, y cada visita a sucursal debe quedar con número de atención. Una vez devuelto, Aduanas no interviene y el costo del retorno se discute con Correos (reclamos.cl).
Caso 4. “Me están cobrando IVA y ya lo pagué en la plataforma”
Compra en AliExpress o Temu por US$90 después del 25 de octubre de 2025 que llega con un F-18 por IVA. Si la plataforma está inscrita en el SII y la boleta muestra el IVA recargado, el envío está exento de IVA y arancel a la importación; el cobro suele deberse a que la saca no vino marcada como RESIVA. Qué hacer: subir la boleta con el IVA desglosado por el canal que indique Correos antes de pagar; si ya pagó, reclamación del aforo ante la Aduana Metropolitana dentro de 60 días hábiles (Art. 117 OA). Si la plataforma no está inscrita, el cobro es correcto y el F-18 se paga.
Caso 5. Suplementos o cosméticos retenidos por visto bueno
Correos avisa que Aduanas exige autorización del ISP. Aduanas no libera sin el visto bueno; el destinatario debe tramitar en el ISP la autorización de uso personal (o el registro, si es comercial) y subirla por el canal de Correos. Si no puede o no conviene, las salidas son devolución a origen o abandono expreso; pasados 90 días desde la retención sin solicitar el desaduanamiento, la mercancía cae en presunción de abandono y va a subasta (Art. 140 N°2 OA).
Caso 6. Empresa que recibe repuestos por EMS por US$4.200 FOB
Correos informa que el envío supera el régimen simplificado y requiere Agente de Aduana. Aquí sí entra Agencia Durán: mandato, Declaración de Ingreso ante la Aduana Metropolitana y retiro desde la planta de Correos (procedimiento completo en cuando Correos exige agente). El plazo crítico son los 90 días de almacenamiento antes de la presunción de abandono.
Caso 7. Regalo familiar desde Perú por US$60
No hay plataforma ni IVA pagado en origen. Desde el 25 de octubre de 2025 paga IVA 19 % sobre el valor aduanero (unos US$13 con flete teórico), sin arancel por estar bajo US$500 y sin carácter comercial (partida 00.23). Correos emite el F-18 y se paga al retirar o en línea; sin boleta, Aduanas valora a precio de mercado, por lo que conviene que el remitente declare un valor realista en la CN22.
Cómo canalizar reclamos
El reclamo va a quien tiene el paquete o emitió el acto: Correos por demora, extravío o entrega; el remitente en origen por el tramo internacional; Aduanas solo por el aforo o la valoración del F-18. Siempre con el código de seguimiento, fechas y capturas del tracking.
| Situación | A quién | Canal | Plazo o regla |
|---|---|---|---|
| Demora en planta, sin aviso de documentos; envío en distribución sin entrega; devolución a origen | CorreosChile | Formulario de contacto en correos.cl, sac@correos.cl, 600 950 2020 (desde celular +56 2 2956 0303), WhatsApp oficial, o sucursal con número de atención | Pedir número de caso; reiterar por escrito si no hay respuesta en 5 días hábiles |
| Sin recepción en Chile tres semanas después del despacho | Operador de origen, a través del remitente | Reclamación postal internacional UPU (formulario CN08) en la oficina de origen; EMS tiene su propio canal | El remitente es quien contrató el servicio; la indemnización UPU por extravío se paga al remitente, salvo cesión al destinatario |
| Correos no responde o niega solución; pérdida o daño; cobro de retorno | SERNAC | Reclamo en sernac.cl o 800 700 100; mediación con la empresa y, si falla, Juzgado de Policía Local (Ley 19.496) | Correos es proveedor bajo la Ley del Consumidor; SERNAC ya fiscalizó a las empresas de encomiendas en 2021 por reiteradas fallas de entrega |
| Impuestos mal calculados, valor de mercado excesivo, IVA cobrado dos veces | Aduana Regional Metropolitana (Director Regional) | Reclamación del Art. 117 OA, por escrito, con fundamentos y documentos (Art. 119 OA); previamente puede intentarse reposición administrativa (Art. 121 OA, 30 días) | 60 días hábiles desde la notificación del F-18, plazo fatal; es inadmisible si no se pagaron los derechos reclamados (Res. Ex. 2.523/2012). Rechazada, procede reclamo judicial ante el Tribunal Tributario y Aduanero en 90 días (Art. 122 OA) |
| Mal trato, falta de información o demora atribuible a funcionarios de Aduanas | OIRS Aduanas | Formulario OIRS en aduana.cl, 600 760 0502, Plaza Sotomayor 60, Valparaíso | Ley 19.880; respuesta formal, sin efecto sobre el aforo |
| Visto bueno denegado o demorado | Organismo emisor (ISP, SAG, Sernapesca) | Canales del propio organismo | Aduanas no libera sin el VB; Correos solo retransmite |
Tres reglas prácticas:
- El reclamo lo presenta el destinatario (o el remitente en origen), no una agencia de aduanas: sin mandato ni interés legal, una agencia no puede hacerlo en su nombre.
- El reclamo a Aduanas tiene sentido solo si hay un F-18 notificado que discutir; mientras el envío esté “en internación” sin giro, Aduanas remitirá a Correos.
- Los plazos aduaneros corren desde la notificación: guarda la fecha en que viste el giro en el tracking o recibiste la carta certificada.
Verifica los teléfonos y canales vigentes de CorreosChile en correos.cl antes de llamar.
Cuando Correos exige Agente de Aduana: cómo proceder
Correos deriva a un agente en tres situaciones: el envío supera US$3.000 FOB (“envío de alto valor”, CNA Cap. VII); Aduanas determina en la revisión que el envío no califica para el régimen simplificado (carácter comercial, varios bultos agrupados a un mismo consignatario que suman más de US$3.000, mercancía que exige una destinación distinta a importación); o el importador necesita una Declaración de Ingreso formal, por ejemplo para invocar un TLC con certificado de origen. En ese momento el envío queda almacenado en la planta de Correos, que actúa como almacenista, y el reloj de los 90 días de presunción de abandono ya corre.
| Paso | Quién | Qué se hace | Base |
|---|---|---|---|
| 1. Aviso | Correos → destinatario | Correos informa por tracking, correo o carta que el envío “requiere agente de aduana” y entrega la identificación del envío (código, bultos, peso, fecha de recepción) | CNA Cap. VII num. 3 (EEER) y práctica equivalente en Correos |
| 2. Predespacho | Cliente → Agencia Durán | Se abre la operación con los mínimos: aviso de Correos con código de seguimiento, factura comercial o comprobante de compra, lista de empaque o detalle de contenido, declaración CN22/CN23 (foto de la etiqueta), RUT e identificación del importador | CNA Cap. III num. 10.1 |
| 3. Clasificación y vistos buenos | Agencia Durán | Se clasifica la mercancía, se revisan VB (ISP, SAG, SEC, Sernapesca) y se cotizan tributos, honorarios y gastos de Correos antes de pedir el mandato | Arancel Aduanero; matriz de VB |
| 4. Mandato | Cliente → Agencia Durán | Poder especial por escritura pública, o endoso del documento que hace las veces de documento de transporte; para empresas, firma del representante legal con personería vigente | Art. 191 N°3 OA; CNA Cap. III num. 8.4 |
| 5. Documento de transporte y recepción | Correos → Agencia Durán | Se solicita a la planta de Correos (unidad de aduanas) la guía postal o constancia de recepción con número, fecha y peso, que reemplaza al B/L o guía aérea en la DIN | Art. 90 OA; CNA Cap. III num. 10.1 letra a) |
| 6. Declaración de Ingreso | Agencia Durán | DIN de importación ante la Aduana Regional Metropolitana (jurisdicción de la planta), valor CIF con flete y seguro reales o teóricos, régimen general o TLC si hay certificado de origen; pago del giro en TGR dentro de 15 días (Art. 89 OA) | CNA Cap. III |
| 7. Aforo y legalización | Aduanas | Selectividad: aforo documental o físico en la planta de Correos, en presencia de Correos y del agente si corresponde | Art. 91 OA |
| 8. Retiro | Correos → cliente | Con DIN legalizada y giro pagado, Correos entrega en planta al transportista del cliente o reexpide por su red doméstica previo pago de almacenaje y manejo | Reglamento postal; tarifas de Correos |
Antes de aceptar el encargo revisamos tres puntos de control. Verificamos que el valor real supera US$3.000 FOB o que existe otra razón formal: si el envío podía despacharse con F-18, pagarías honorarios innecesarios y te lo decimos. Confirmamos los vistos buenos antes de transmitir: sin VB no hay levante y el almacenaje en Correos sigue corriendo. Y fijamos con Correos, por escrito, el canal de la unidad de aduanas de la planta para coordinar aforo y retiro; es un recinto postal, no un almacén extraportuario con ventanilla de despachadores.
El costo típico se compone de tributos (arancel según partida o TLC, IVA 19 % sobre CIF más arancel), honorarios de agencia por despacho, gastos de Correos (almacenaje por día desde la recepción, manejo y reexpedición) y, si lo pides, transporte desde Santiago. Con el aviso de Correos y la factura en mano, la cotización sale el mismo día.
¿Correos te pidió un agente de aduanas? Envíanos el aviso de CorreosChile con el código de seguimiento, la factura o comprobante de compra, el detalle del contenido y tu RUT (o el de tu empresa). Cotiza tu operación o escríbenos por WhatsApp.
Preguntas frecuentes
¿Mi paquete está retenido en Aduanas? ¿Una agencia de aduanas puede hacer algo?
Una agencia de aduanas privada no es el Servicio Nacional de Aduanas ni CorreosChile, por lo que no tiene acceso al estado de los envíos postales. Tu paquete viene por correo postal y en Chile lo recibe CorreosChile en su planta de Santiago, donde Aduanas hace la revisión. Si quedara retenido o con impuestos por pagar, CorreosChile te avisa en el seguimiento y por correo; una vez liberado lo despacha a tu ciudad. Para envíos postales no existe gestión presencial en Aduanas: todo se canaliza a través de CorreosChile. Revisa el seguimiento con tu código en correos.cl o en la app de CorreosChile y, si lleva más de 10 días hábiles sin movimiento, ingresa un reclamo en correos.cl o llama al 600 950 2020. Si CorreosChile te indica que el envío requiere agente de aduana (envíos sobre US$3.000), ahí sí podemos ayudarte.
Me llegó un cobro de impuestos, ¿es correcto?
Desde octubre de 2025 todas las compras internacionales pagan IVA (19 %); hasta US$500 no pagan arancel. Si compraste en una plataforma inscrita en el SII (AliExpress, Amazon, Temu, Shein, entre otras) y tu boleta muestra el IVA cobrado, no corresponde pagarlo de nuevo: sube esa boleta por el canal que te indica CorreosChile antes de pagar. Si el vendedor no está inscrito o es un envío entre particulares, el cobro es correcto y se paga en línea o en la sucursal al retirar, dentro de 15 días. Si crees que el valor que usó Aduanas es excesivo, puedes presentar una reclamación ante la Aduana Metropolitana dentro de 60 días hábiles, acompañando tu comprobante de compra.
Correos me dice que necesito un agente de aduanas, ¿qué hago?
En ese caso sí podemos ayudarte. Para cotizarte el mismo día necesitamos: el aviso de CorreosChile con el código de seguimiento, la factura o comprobante de compra, el detalle del contenido y tu RUT (o el de la empresa). Con eso te confirmamos clasificación, impuestos, si requiere algún permiso y nuestros honorarios, y te explicamos cómo firmar el mandato. Importante: mientras no se tramite, el envío queda almacenado en Correos y genera costos de bodega, así que conviene avanzar esa misma semana. Cotiza tu operación.
¿Puede retirar otra persona por mí en la sucursal?
Sí, pero eso se gestiona con CorreosChile, no con una agencia de aduanas. Normalmente piden un poder simple firmado por ti, copia de tu cédula y la cédula de quien retira; algunas sucursales exigen poder notarial, así que conviene confirmarlo al 600 950 2020 antes de ir. Si hay impuestos pendientes, quien retira debe pagarlos en la misma sucursal.
Fuentes
- Ordenanza de Aduanas (DFL N°30/2004), Arts. 89, 90, 91, 117 a 122, 140 y 191
- Compendio de Normas Aduaneras: Cap. III (num. 8.4 mandato, 10.1 documentos), Cap. VI num. 5.3, Cap. VII (Res. 1.188/2019 y Res. Ex. 4.318/2025), Anexos 21 y 22
- Servicio Nacional de Aduanas — Procedimientos de envíos postales a través de Correos de Chile
- Servicio Nacional de Aduanas — ¿Cuáles son los procedimientos de las empresas que traen mi compra a Chile?
- Servicio Nacional de Aduanas — Revisiones aduaneras despachos vía postal
- Servicio Nacional de Aduanas — ¿Cuánto impuesto se paga al importar?
- Servicio Nacional de Aduanas — Resolución Exenta N°2.005/2007 (FIVP)
- Servicio Nacional de Aduanas — Compras por internet en el extranjero
- Servicio Nacional de Aduanas — Especial IVA digital; Cambios en tus compras internacionales (15.10.2025); Compras online internacionales: IVA se pagará en las plataformas (06.10.2025)
- TGR / ChileAtiende — Pagar importación por vía postal (IVA Digital), ficha 4201
- Carey — Ley de Cumplimiento Tributario: modificaciones en materias aduaneras
- Emol — Balance SII del IVA a importaciones (04.05.2026); Aduana News — El IVA digital y la partida 00.23; ODECU — Minuta 24 (feb. 2026)
- 24horas — CorreosChile: seguimiento, pago de impuestos y proceso de internación; Chilat — Guía de envíos internacionales por CorreosChile (2026)
- Reclamos.cl — Demora en proceso de internación, Antofagasta (mayo 2026); Devolución de encomienda internacional, Valdivia (agosto 2026)
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