Respuesta rápida
La Declaración de Ingreso (DIN) es el documento con el que se importan mercancías a Chile ante el Servicio Nacional de Aduanas. Contiene la clasificación arancelaria, el valor CIF, el origen y el cálculo de derechos e IVA. Si la mercancía supera los US$ 1.000 FOB, la presenta un agente de aduanas por vía electrónica. Pagados los tributos y autorizado el retiro, la carga queda nacionalizada y puede comercializarse.
Qué es la DIN
La Declaración de Ingreso es el documento oficial con el que se destina una mercancía extranjera a un régimen de importación en Chile. En la importación definitiva, una vez aceptada la declaración, pagados los derechos e IVA y autorizado el retiro, la mercancía queda nacionalizada: puedes venderla, usarla o transformarla libremente.
Declaración
Informa a Aduanas qué entra, cuánto vale, de dónde viene y bajo qué régimen.
Liquidación
Calcula el arancel, el IVA y los impuestos adicionales que correspondan.
Respaldo
Acredita el ingreso legal de la mercancía y respalda el crédito fiscal del IVA.
Qué datos contiene
- Importador, consignante y agente de aduanas que tramita.
- Aduana de tramitación, puerto o aeropuerto de llegada y documento de transporte.
- Descripción de la mercancía y su código arancelario de 8 dígitos.
- Valor FOB, flete, seguro y valor CIF en dólares.
- País de origen y, si corresponde, el tratado que se invoca con su certificado de origen.
- Cuenta de derechos e impuestos: arancel, IVA de 19 % e impuestos adicionales.
Documentos necesarios
El Servicio Nacional de Aduanas exige para toda importación comercial con agente de aduanas:
| Siempre | Según el caso |
|---|---|
| Documento de transporte original (BL, guía aérea o carta de porte) | Certificado de origen, si se invoca un tratado |
| Factura comercial original | Lista de empaque (siempre en carga en contenedores) |
| Declaración jurada del importador sobre el precio | Certificado de seguro, si la prima no está en la factura |
| Mandato al agente, constituido por el endoso del documento de transporte | Nota de gastos, permisos, certificaciones o vistos buenos |
Si eres cliente nuevo de una agencia, además se te pedirá la ficha de debida diligencia con beneficiario final, que exige la Ley N° 19.913.
Paso a paso
Arribo y manifiesto
El transportista informa la carga a Aduanas en el manifiesto. Tu agente verifica que el BL coincida: ver manifiesto por BL.
Preparación
El agente clasifica la mercancía, determina el valor CIF con el dólar aduanero vigente ($969,70 en octubre) y revisa tratados y vistos buenos.
Presentación y aceptación
La DIN se transmite electrónicamente. Aduanas la valida y le asigna número y fecha de aceptación. Según el momento, puede tramitarse antes de la llegada de la carga o cuando ya está en el recinto de depósito.
Pago de derechos e IVA
Se pagan los tributos liquidados en la declaración por los medios habilitados. Estima el monto en la calculadora.
Revisión o aforo
Aduanas puede seleccionar la declaración para una revisión documental o física de la mercancía. Si no es seleccionada, sigue directo al retiro.
Retiro
Con la carga liberada y los vistos buenos listos, se retira del puerto, aeropuerto o almacén y se transporta a destino.
Plazos y presunción de abandono
La mercancía puede permanecer en los recintos de depósito aduanero durante un período general de 90 días desde su recepción. Si no se tramita ni se retira en ese plazo, opera la presunción de abandono: para recuperarla hay que pagar un recargo y, si no se regulariza, puede ser rematada. Existe un procedimiento para pedir la rebaja o exención de ese recargo en casos justificados.
El almacenaje se cobra por día en la mayoría de los recintos. Tener los documentos listos antes del arribo es la forma más simple de bajar costos.
Errores y correcciones
- Clasificación: un código distinto cambia los tributos, la preferencia del TLC y los permisos exigidos.
- Valor: omitir flete, seguro o gastos de origen expone a ajustes de valor y multas.
- Origen: un certificado con errores de forma puede hacer perder la preferencia arancelaria.
- Datos del BL: si no coinciden con el manifiesto, la DIN no puede tramitarse hasta corregirlos.
Los errores en una declaración ya aceptada se corrigen mediante una solicitud de modificación ante Aduanas, que tramita tu agente. Corregir a tiempo, antes de una fiscalización, reduce el riesgo de sanciones.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede presentar una DIN?
Si la mercancía supera los US$ 1.000 FOB, un agente de aduanas. Bajo ese monto, las mercancías comerciales pueden tramitarse en forma simplificada directamente ante la aduana.
¿Cuánto demora el trámite de una DIN?
En una operación sin contingencias, la carga se libera entre 24 y 72 horas desde el arribo. Si se requieren vistos buenos o hay revisión física, puede tomar más.
¿Qué es el aforo?
Es la revisión que Aduanas puede hacer de la mercancía y sus documentos para comprobar que coinciden con lo declarado. Puede ser documental o física.
¿Qué pasa si no retiro la carga a tiempo?
El período general de depósito es de 90 días desde la recepción. Vencido ese plazo opera la presunción de abandono: se aplica un recargo y la mercancía puede ser rematada.
¿La DIN sirve para recuperar el IVA?
Sí. Para las empresas contribuyentes de IVA, el IVA pagado en la importación se usa como crédito fiscal, con la DIN como respaldo.
Fuentes
- Servicio Nacional de Aduanas — ¿Qué debo hacer para importar una mercancía?
- Servicio Nacional de Aduanas — ¿Cuánto impuesto se paga al importar?
- ChileAtiende — Rebaja o exención de multa por demora en desaduanamiento
Sigue leyendo
Manifiesto y BL
Cómo consultar tu BL en el manifiesto y evitar retrasos.
Cómo importar a Chile
La guía completa: documentos, plazos, costos y errores.
Valor CIF
La base de los impuestos al importar: fórmula y ejemplo en pesos.
Partida arancelaria
Cómo se lee el código de 8 dígitos y cómo clasificar tu producto.
